La Mesa Permanente por una Ley de Identidad de Género celebra resolución de la Sala

La representantes calificaron la resolución como "un avance" en los derechos de las personas LGBTIQ+.

0
488

EL SALVADOR.- La Mesa Permanente por una Ley de Identidad de Género dio a conocer esta mañana su posición sobre la recién sentencia de la Sala de Lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en la que ordena a la Asamblea Legislativa emitir las reformas necesarias a la Ley del Nombre de la Persona Natural para permitir el cambio de nombre por identidad de género.

Los representantes de la mesa celebraron la declaración de inconstitucionalidad por parte de la Sala de los artículos 11, 13, 14, 15 y 23 inciso 2° de la Ley del Nombre de la Persona Natural, por violación a los artículos 2, 3 y 36 de la Constitución de la República, “por considerar que vulneran el derecho de las personas transgénero”, lo cual calificaron como un avance, pero señalaron que no se tomó en cuenta la adecuación de la referencia del sexo o género.

“Aunque dicha sentencia es considerada como un avance para las personas transgénero en El Salvador, la misma se limitó a reconocer únicamente y exclusivamente el derecho al nombre y no se refirió a la necesidad de adecuar los demás elementos constituyentes del derecho a la identidad, como por ejemplo, la adecuación de la referencia al sexo o género dentro de los documentos de identificación personal” mencionó Bianka Rodríguez de la Asociación COMCAVIS Trans.

La Mesa Permanente por la Ley de Identidad de Género, está constituida por siete organizaciones defensoras de derechos humanos de la población LGTBI, entre ellas, la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), COMCAVIS Trans, Colectivo Alejandría, entre otras instituciones defensoras los Derechos Humanos de las personas LGBTIQ+.

La abogada de FESPAD, Kerlin Belloso, señaló que este tipo de resoluciones son “importantes para las personas trans” y también las calificó como un avance que “No deberían ser invalidadas por una Sala que no fue electa por los mecanismos establecidos en la Constitución” dijo.

En tal sentido, exigieron a la Asamblea Legislativa para que apruebe una ley que permita el cambio de nombre y sexo, enfocada “en la adecuación integral de identidad de Género”, basado en el consentimiento de la persona que lo solicite, y sin necesidad de pedir certificaciones médicas o psicológicas.

Además, piden que los cambios de la información de la identidad sean confidenciales en los registros familiares de las alcaldías, así como en los documentos de identidad, y que sea gratuito. También piden que no se exija acreditación de operaciones quirúrgicas u hormonales.

En su resolución la Sala le dio un plazo de un año a la Asamblea para que realice las reformas a la ley, a partir de la notificación del fallo de inconstitucionalidad.