¿Sabías que tienes la posibilidad de pagar solo la mitad de una multa de tránsito?. Esto dice la reforma a la Ley

La misma normativa establece una posibilidad de que los ciudadanos no paguen la multa completa. Le contamos.

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EL SALVADOR.-  Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron ayer una serie de reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial que aumentarán las infracciones de tránsito de 109 a 131 y al mismo tiempo aumentarán el valor de las esquelas en un 160 %.

Según la nueva Ley de Tránsito, ahora las multas leves pasarán de ser de $11.43 a $50, las graves de $39.29 serán de $100 y las muy graves de $57.14 serán de $150 dólares.

Sin embargo la misma normativa establece una posibilidad para que los ciudadanos no paguen la multa completa y puedan recibir un descuento por pronto pago. En si, la ley establece que si la conductor paga la multa en los primeros cinco días hábiles tras su aplicación, solo pagará el 50% de su valor.

La reforma entrará en vigor 8 días después de publicada en el Diario Oficial, mientras tanto, las multas impuestas a la fecha mantendrán su valor actual.

El director de Tránsito, Alfredo Alvayero, explicó que en entre las infracciones que conllevan multas leves que pasarán a costar $50, está: virar en U en lugares no autorizados, circular con placa no visible, sobrepasar un vehículo sin indicar la maniobra, no portar tarjeta de circulación, entre otras.

De igual forma aseveró que con la reforma, se sancionará a los motociclistas que no circulen con casco certificado, esto se debe a que la mayoría de fallecidos por accidente en motocicleta se dan por lesiones craneales por uso de casco inadecuado.

Además, advirtió que los conductores deben abstenerse de usar el hombro de la carretera para circular, ya que este es únicamente para vehículos de emergencia, o en caso de presentar desperfectos mecánicos y necesite orillarse. En ese sentido aseveró que quienes sean sorprendidos haciendo uso de este (hombro de la calle) serán multados.

En cuanto a las multas al transporte colectivo y transporte de carga por llantas lisas o mal estado de las unidades, explicó que las sanciones ya no serán aplicadas al conductor como hasta ahora, sino al dueño de la unidad.

“Un problema con la Ley actual era que se le imponía multas a los conductores del transporte colectivo o de carga cuando se aplicaban por mal estado de las unidades, con esta reforma se aplicará al dueño de la unidad”, sentenció el director de Tránsito.

Otra de las novedades de la reforma a la Ley es que ahora las multas se podrán imponer a través de medios electrónicos o cualquier otro mecanismo como fotografía o video que evidencie la infracción de la Ley.

“Con el sistema de fotomultas se podrá detectar a los conductores del transporte colectivo que cometan infracciones como paradas no autorizadas, circular con puertas abiertas o disputarse pasajeros”, señaló el director, seguidamente explicó que podrán aplicarse directamente al conductor cuando sea posible, pero si este no puede ser identificado, la sanción recaerá sobre el dueño del vehículo a través del número de placa.

Por otra parte, también recordó que las licencias acumularán un número máximo de puntos por cada infracción, los cuales al alcanzar el límite, se suspenderá el permiso por primera vez durante dos años. En contraste, estos puntos podrán descontar mediante cursos de reeducación vial.

“Las licencias no podrán sobrepasar un número de puntos por faltas cometidas, las licencias particulares podrán acumular un máximo de 15 puntos. Si el conductor alcanza el límite de puntos, se suspenderá su permiso por primera vez durante 2 años” advirtió Alvayero.

En otros casos si el conductor se niega a realizarse la prueba de alcoholemia se le impondrá una multa de $150 y será detenido.

El director de Tránsito también aconsejó que en caso de vender un vehículo, las personas pueden presentar una denuncia de traspaso a Sertracen para que las multas se comiencen a aplicar al nuevo dueños del carro.