Corte Suprema ratifica que empresario Enrique Rais es propietario de MIDES Canadienses pierden caso

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En 2013, los apoderados legales de Enrique Rais demandaron a Pacetti y Pasquale

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró improcedente el recurso de amparo de los canadienses Franco Pacetti y Matteo Pasquale con el que pretendían adueñarse ilegalmente de las acciones de MIDES.

La CSJ falló en favor del empresario Enrique Rais, quien posee el 90 por ciento de las acciones de MIDES, luego que sus abogados demostraran lo legal de la constitución de la empresa, así como comprobar que Rais canceló en su totalidad y a tiempo el monto acordado en la compra venta con los canadienses.

Luego de varios años en disputa, los canadienses pretendían recuperar el negocio del tratamiento de la basura, promoviendo una acusación de que eran víctimas del actuar de la Fiscalía por, según ellos, beneficiar al empresario salvadoreño. El empresario Rais también los denunció en la Fiscalía por extorsión millonaria, proceso que aún se encuentra en dicha institución.

En 2013, los apoderados legales de Enrique Rais demandaron a Pacetti y Pasquale por los delitos de apropiación o retención indebida, extorsión y falsedad ideológica, y la Fiscalía solicitó la detención provisional de ambos canadienses y de sus apoderados legales, René Alberto Medrano y Oscar Armando Rosales Parada, por lo que se les decretó difusión roja.

La CSJ sestimó la acusación de los canadienses y sentenció que no existió ninguna ilegalidad en el proceder de la Fiscalía, por lo tanto, determina que no hubo ningún beneficio hacia el empresario Rais.

“Declárese que ha lugar a la solicitud realizada por el abogado Rafael Hernán Cortez en su calidad de apoderado del señor José Aquiles Enrique Rais López en el sentido de reconocerle a este último la calidad de tercero beneficiado en el presente amparo”, reza la sentencia.

En vigencia difusión roja para Matteo Pasquale y Franco Pacetti

La difusión roja para capturar a los canadienses Pasquale y Pacetti y sus apoderados legales está en vigencia, principalmente ahora que la CSJ ratificó la legalidad del empresario Enrique Rais al frente de MIDES, y quien ha sido víctima de una millonaria extorsión.

De igual forma, la Fiscalía tiene en su poder las denuncias de extorsión en contra de los canadienses.

En julio de 2017, los tres magistrados de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sentenciaron a favor del empresario Enrique Rais y resolvieron no ha lugar un recurso de casación presentado por la defensa del ciudadano canadiense Matteo Pasquale, a quien se acusa de los delitos de extorsión y apropiación indebida en perjuicio del señor Rais.

“Declarase inadmisible el recurso de casación promovido por el imputado Matteo Pasquale, por no ser recurrible mediante el recurso de casación el proveído que impugna”, resolvió la citada Sala en sentencia pronunciada el 18 de julio y dada a conocer este jueves. La sentencia de la Sala de lo Penal de la CSJ hace referencia a una resolución emitida por el Juzgado 5° de Instrucción de San Salvador y ratificada por la Cámara 2° de lo Penal de la primera sección del centro, que declaró no a lugar el recurso de excepción de falta de acción presentada por el defensor del canadiense Matteo Pasquale.

Con el recurso interpuesto por el defensor de Matteo Pasquale se buscaba que se declarara nulo el proceso judicial contra el canadiense acusado de extorsión y apropiación indebida.

Sin embargo los magistrados de la Sala de lo Penal de la CSJ sostuvieron que “la resolución controvertida no es objetivamente impugnable mediante un recurso de casación”, como expuso el defensor de Matteo Pasquale en el escrito presentado en la mencionada instancia. La base para la mencionada sentencia se encuentra en las especificaciones que se detallan el artículo 479 del Código Procesal Penal, justificaron los magistrados de la mencionada Sala de la CSJ.

Los dos ciudadanos canadienses se encuentran prófugos de la justicia con órdenes de captura internacional vigentes las cuales tiene que ejecutar INTERPOL ya que fueron ratificadas por el juzgado 5° de Instrucción y 5° de Sentencia.