Matrimonio entre el mismo sexo en El Salvador es rechazado por la Sala

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El Salvador – Algunas de las razones que los magistrados dieron para rechazar esta demanda es que “los alegatos son contradictorios, porque sostiene que la disposición impugnada excluye a los miembros de la comunidad LGBTI de la institución del matrimonio; y por otra, afirma que esta no prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo”.

La Sala de lo Constitucional rechazó una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 11 del Código de Familia, el cual establece el matrimonio como la unión entre hombre y mujer.

Según el demandante Rafael Alejandro Rodríguez, el artículo 11 vulneraba los derechos a la “libertad, igualdad, seguridad jurídica, en razón que su redacción es excluyente, desigual, discriminatoria, incompleta, incoherente e incongruente”.

“La legislación es desigual y discriminatoria, porque da un trato diferenciado a la comunidad LGTBI”, agregaba Rodríguez en la demanda, con la esperanza que la Sala pudiera hacer que las leyes avalaran el matrimonio entre personas del mismo sexo.

los magistrados también mencionaron que, el demandante “no ha aportado argumentos que permitan evidenciar un mandato constitucional impuesto al legislador en torno al matrimonio entre personas del mismo sexo”.

“De sus afirmaciones únicamente se deduce una insatisfacción sobre la definición legal de matrimonio contenida en el artículo 11 CF”, agregó en su resolución la Sala.

En el año 2016, una demanda similar también fue rechazada por la Sala de lo Constitucional. En aquella ocasión, se declaró improcedente la demanda porque incurría en “un error al no detallar la interpretación que le otorga a las disposiciones constitucionales donde supuestamente se establece la obligación de regular las relaciones homosexuales”, así como carente de “argumentos suficientes y válidos”.