Estas son las multas y penas para las personas que arrojen basura en lugares no autorizados

Las multas fueron aprobadas la noche del martes tras enmiendas al artículo 98 de la Ley de Medio Ambiente y al artículo 257 del Código Penal.

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EL SALVADOR.- Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron ayer una serie de reformas al Código Penal y a la Ley de Medio Ambiente a fin de establecer multas para las personas que arrojen basura en lugares no autorizados.

Las reformas avaladas con 65 votos, establecen que ahora podrán ser sancionadas todas las personas naturales que arrojen menos de dos libras de basura en los lugares no adecuados.

Los cambios establecen que las personas que arrojen menos de dos libras de basura tendrán que pagar $20 y en caso de que la cantidad de basura sea mayor, recibirá una multa de $1,500; mientras que las entidades jurídicas serán castigadas hasta con $25 mil.

Las enmiendas se realizaron al artículo 257 del Código Penal estableciendo penas de hasta tres años de cárcel, multas de hasta $25 mil y el cierre total de la empresa que incurra en este delito.

De acuerdo con el diputado de Nuevas Ideas, Jorge Castro, las modificaciones buscan brindar todas las herramientas necesarias a las autoridades para imponer multas a quienes no cumplan las disposiciones.  

“Las enmiendas al Código Penal tienen como objetivo dotar de herramientas legales a las autoridades que persigan y sancionen a las personas que contaminen nuestros ríos. En el pasado, las leyes fueron débiles, ahora ya no”, aseveró Castro. 

Además, el pleno legislativo cambió el artículo 98 de la Ley de Medio Ambiente para que se multe con $20 a las personas que arrojen desechos inferiores a dos libras en sitios no autorizados.

Al respecto, el diputado de la bancada cyan, Carlos Bruch, agregó que quienes no cancelen la sanción no podrán tramitar su solvencia tributaria en el Ministerio de Hacienda, tampoco podrán sacar sus antecedentes policiales ni salir del país.

“Ahora habrá una multa de $20 para aquellas personas que tenían por costumbre botar una colilla de cigarro, un papel o una botella en la calle. Si no quieren pagar, la cuestión es muy simple: no boten la basura en lugares indebidos”, apuntó el funcionario.  

La institución encargada de regular y supervisar que se cumpla la normativa será el Ministerio de Medio Ambiente, que tramitará los procesos administrativos sancionatorios. Por su parte, la Policía Nacional Civil (PNC) será la encargada de imponer las multas. El dinero que se obtenga ingresará al Fondo General de la Nación.  

Según un monitoreo realizado por el Ministerio de Medio Ambiente, la contaminación de los recursos hídricos en el país tiene como principal agravante la disposición final de basura o desechos sólidos de la ciudadanía. El informe también reveló que de los 55 ríos que de monitoreados, 17 resultaron con agua de mala calidad y otros cinco tenían agua de pésima calidad.

Reformas al Código Penal

Si se comete el delito de disposición indebida de residuos o desechos, el infractor estará obligado al pago de $1,500. Si no lo hace tendrá insolvencia tributaria, por lo que no podrá tramitar su constancia de antecedentes policiales ni salir del país.

Las personas que arrojen más de dos libras de basura en lugares no autorizados, y que pongan en peligro el medio ambiente, la salud y la vida de los demás, serán sancionadas con una multa de $1,500 y una pena de uno a tres años de cárcel; este castigo podrá ser sustituido por la realización de trabajo de utilidad pública. Si la acción se realiza desde un vehículo, se le suspenderá al conductor su licencia por un periodo de seis meses y se le impondrá una sanción económica similar. 

Reformas a la Ley de Medio Ambiente

Con una cantidad de $20 se multará a las personas que arrojen o abandonen residuos o desechos de cualquier clase, en aceras, calles, carreteras, playas, ríos, lagos, bosques, parques nacionales u otras áreas no autorizadas por leyes, reglamentos u ordenanzas municipales.
Lo regulado en este artículo aplica exclusivamente para las personas que arrojaren, abandonen o depositen desechos con un peso menor o igual a dos libras. 

Si la multa impuesta se cancela en 10 días calendario, el infractor tendrá una reducción del 50% de la sanción; si el pago se realiza en un periodo de 10 días a seis meses después de impuesta la sanción se le hará un incremento mensual del 50%. Para quienes se tarden entre seis meses y un año la multa tendrá un incremento mensual de 75%. 

Cuando la infracción sea cometida por un menor de edad el responsable del pago de la multa será el padre, madre o representación legal. Para las personas que sean reincidentes en el mal manejo de la basura la multa se incrementará en un 100% de su valor.