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“Las marchas y manifestaciones populares están permitidas siempre que se cumpla con estas disposiciones”

La Asamblea Legislativa emitió un comunicado en el que expone que las manifestaciones no están prohibidas pero deben cumplirse las medidas de bioseguridad.

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EL SALVADOR.- El Decreto Transitorio de las Disposiciones Especiales de Suspensión de Concentraciones y Eventos Públicos o Privados, aprobado ayer por la Asamblea Legislativa provocó reacción en algunos sectores de la población al considerar que dicho decreto prohibía las diferentes manifestaciones, principalmente las que se han dirigido en contra del Gobierno del presidente Nayib Bukele en los últimos días.

Este jueves, la Asamblea Legislativa aclaró mediante un comunicado que dicho decreto no prohíbe las manifestaciones, sino que busca que se implementen las medidas necesarias para evitar la propagación del Covid-19.

“Aquí en ningún momento se está coartando la libertad de expresión, la libertad de manifestarse a nadie sino que se haga con las medidas necesarias” escribió el diputado presidente, Ernesto Castro, quien apareció en la portada de un medio de circulación nacional, lo cual calificó como “para sacar posgrado en sensacionalismo bajero”.

La iniciativa fue cuestionada por legisladores de oposición y líderes de organizaciones de la sociedad civil al considerar que este decreto está encaminado a dificultar —o criminalizar— la realización de marchas pero excluye a los eventos deportivos, artísticos y culturales que también significan aglomeraciones masivas.

“Suspéndase hasta el ocho de diciembre a partir de la vigencia del presente decreto, toda concentración de personas en actos de carácter público o privado que impliquen concentraciones masivas, sin distanciamiento social, donde participen personas sin esquema completo de vacunación y en donde no se respeten los protocolos de bioseguridad” dicta el artículo 1 de la normativa, otorgándole además a la Policía la facultad de suspender dichos eventos o impedir la incorporación de la gente a estos, en caso de no cumplir los requisitos antes mencionados.

Asimismo, faculta a la Fiscalía General de la República (FGR) a actuar en contra de las personas que convoquen, promuevan u organicen este tipo de concentraciones de personas.

Según el decreto, las personas que promuevan las concentraciones podrían recibir multas entre 20 y 100 salarios mínimos. Además, deja la puerta abierta para que las personas puedan ser procesadas conforme al artículo 338 del Código Penal, que ordena prisión de uno a tres años.

La Asamblea Legislativa emitió este juves un comunicado en el que sienta postura al respecto, aclarando que el decreto no prohíbe la realización de marchas, sino que estas se realicen sin las medidas de bioseguridad.

“En ningún momento se está coartando la libertad de expresión, la libertad de manifestarse. Pueden seguirlo haciendo, sino que simplemente se hagan con las medidas necesarias y también va en el sentido de los municipios que hagan sus fiestas patronales de manera ordenada, o los eventos culturales y deportivos que se están llevando a cabo en el país” sostuvo Castro.

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