Conozca las formas en las que puede ejercer el sufragio una persona con discapacidad

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EL SALVADOR.- Las personas con discapacidad no sólo tienen el derecho a emitir el voto, sino que también están obligadas a hacerlo.

Es por ello que el Tribunal Supremo Electoral establece que la Junta Receptora de Votos (JRV) deberá considerar en todo momento la diversidad que existe dentro de la población salvadoreña y estar muy atenta a ese hecho, facilitando el ejercicio del derecho al voto a través de la observación y la entrevista con la persona votante.

De acuerdo al Tribunal, la JRV debe tener las consideraciones y tolerancia a cualquier persona en condición de discapacidad, como las siguientes: silla de ruedas, paraplejia, amputación, persona ciega, sorda que se presente a votar.

Según se ilustra en la “Guía para facilitar el ejercicio del Voto de las Personas con discapacidad en la Elección 2019”, las maneras en que las ellas pueden ejercer el sufragio son las siguientes:

1-Voto asistido.

A la persona con cualquier tipo de discapacidad física se le debe dar un trato preferencial; y prioridad en la fila.

Algunas personas que requieren ayuda podrán hacerse acompañar de un familiar o una persona de confianza. Si es el caso que necesite la asistencia, la persona acompañante debe solicitarlo eidentificarse ante la JRV con su DUI.

Votación asistida a personas en silla de ruedas.

La persona que usa silla de ruedas; si cuenta con anaquel de mesa, la segunda vocalía se lo ofrece al votante para que marque la papeleta colocándolo sobre sus piernas .

Votación asistida a personas sordas.

En el caso de las personas sordas, la JRV tiene que considerar que es necesario verla de frente y no alzarle la voz. Hablarle de manera natural y clara, recurrir a la observación y procurando establecer una entrevista con la persona.

Votación asistida a la persona ciega.

Votación con acompañante:

Si la persona ciega asiste con un acompañante, para efectos de poder realizar la marcación de la papeleta, este debe identificarse con su DUI.

Votación asistida por la JRV:

Si la persona ciega asiste sola, la presidencia le ofrece la opción de manifestar ante la JRV su preferencia, marca que puede realizar el vigilante del partido político o coalición correspondiente. En caso de no estar presente, la presidencia realiza la marca frente al resto de la JRV.

2-Sistema brailer.

La secretaría introduce la papeleta sellada, firmada y sin la esquina desprendible en el sobre brailer, mostrando a la JRV y vigilantes que las aberturas coinciden con los espacios para marcar en la papeleta y lo entrega a la persona ciega.

3-Trato preferencial a las personal con movilidad reducida.

Igualmente, debe darse trato preferencial a las personas con bebés en brazos, mujeres en evidente estado de embarazo o personas con movilidad reducida por discapacidades temporales (Bastón, muletas) y a la persona adulta mayor, ubicándolas al inicio de la fi la de votantes.