A partir de mañana no circulará el transporte público en todo El Salvador

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EL SALVADOR.- Según el Decreto Ejecutivo número 22 que fue hecho del conocimiento de la población esta tarde por parte del Gobierno, para la “cuarentena especial” que entra en vigencia mañana jueves 7 de mayo, también se establecen restricciones para el transporte colectivo de pasajeros.

Según se detalla en el documento completo a partir de mañana, y mientras dure la cuarentena especial, buses y microbuses del transporte colectivo no están autorizados para circular.

Solo podrá circular el transporte privado de personal quien si posee la autorización.

El Presidente de la República,Nayib Bukele aclaró la información respecto a este tema y dijo que serán los empleadores autorizados quienes deberán proveer el transporte a sus trabajadores, ida y regreso, incluyendo el Gobierno.

Por otra parte, el decreto establece que las personas no podrán movilizarse del municipio de su residencia a otro municipio, a menos que vayan a su lugar de trabajo. Solo podrán ir a un municipio cercano para comprar comida, si donde viven no hay mercado o supermercado.

Todas las personas autorizadas para circular deberán portar mascarilla, de lo contrario serán enviados a un centro de cuarentena.

Asimismo, se establece que para entrar a los mercados municipales a las personas se les pedirán su documento de identidad para verificar que el número sea el permitido. Si no tiene el DUI o la certificación del mismo, o mascarilla, será llevado a un centro de cuarentena.

Todos los trabajadores del sector privado, cuyas empresas estén autorizadas para realizar labores, deberán portar carnét y carta del empleador.

En cuanto a los productos y servicios que se permite realizar en la cuarentena están: – Transporte a domicilio de alimentos y medicinas – Servicios médicos (incluyendo emergencias odontológicas, oftalmológicas y auditivas) – Farmacias, droguerías y laboratorios (industria cosmética no), – Laboratorios clínicos.

Es importante resaltar que todas las floristerías, pastelerías y almacenes dedicados a la venta de productos relacionados con celebraciones de cualquier tipo como cumpleaños, aniversarios, conmemoraciones, días festivos, deberán permanecer cerrados.

Quienes si están autorizados para funcionar son las panaderías artesanales. Se excluyen cadenas y franquicias.