Bukele sobre diputados: “Bajo la sombra de la madrugada se unieron y deshacían con una mano lo que habían hecho con la otra”

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EL SALVADOR.- El presidente de la República Nayib Bukele, mostró su descontento ante el segundo decreto aprobado por los diputados de la Asamblea Legislativa en horas de la madrugada de este viernes, luego de aprobar el Estado de Emergencia Nacional por 15 días más, el cual pretende quitar facultades al Gobierno para luchar contra la pandemia del COVID-19.

A eso de las 10:00 de la noche los diputados aprobaron el Estado de Emergencia Nacional, el cual permite la continuidad de la cuarentena domiciliar obligatoria tal como hasta el momento; sin embargo, horas después, los diputados aprobaron un segundo decreto, que el mandatario salvadoreño calificó como “otra infamia”.

Los diputados aprobación la Ley Especial para Proteger a las Personas durante la Emergencia Nacional COVID-19, la cual establece que durante la vigencia de dicha ley, los salvadoreños conservarán sus derechos y garantías fundamentales, especialmente, el derecho al libre tránsito cuando fuere necesario para ir al trabajo, abastecerse de alimentos, agua potable, compra de medicamentos, tratamientos médicos, operaciones bancarias o brindar ayuda a un familiar en caso urgente y necesidad, enfermedad grave o fallecimiento.

Además, que será inviolable la morada dentro del marco constitucional, únicamente podrán ser retenidas para efectos de eventual sometimiento a cuarentena o internamiento sanitario forzoso, en centros de contención o centro hospitalario.

Asimismo, aquellas personas a quienes se les compruebe objetivamente que presentan síntomas de enfermedades por COVID-19, estando en cuarentena, se tendrá derecho a ser informados de su estado de salud, procedimientos médicos practicados y sus resultados, derecho a trato digno y adecuado en centros de contención, así como atención especial si padece alguna enfermedad crónica.

También contempla el derecho ingresar al país por los aeropuertos, puertos, aduanas o puntos fronterizos legalmente habilitados para tal efecto, quienes podrán ser sometidos a medidas individualizadas de cuarentena o según el caso.

El decreto también establece prohibiciones a los funcionarios y empleados públicos

El decreto dice que los funcionarios públicos, agentes de autoridad, autoridad pública y empleados públicos, durante la emergencia, deberán respetar y proteger los derechos humanos de los salvadoreños, por lo que les prohíbe detener a personas y llevarlas a centros de internamiento sanitario forzoso, cuarentena, confinamiento, aislamiento, contención, delegaciones policiales o centros penales como forma de sanción o castigo por incumplir la cuarentena domiciliaria; también se prohíbe decomisar vehículos automotores o cualquier otro tipo de derechos patrimoniales de las personas.

Por otra parte, no podrían promover en forma pública estados de sitio, toque de queda o restricciones no contempladas en la ley; detener a personas por no usar mascarillas, guantes o cualquier otra indumentaria en la vía pública, y exhibir a personas detenidas ante los medios de comunicación por no cumplir la cuarentena domiciliaria, así como atarlos, esposarlos.

No obstante la cuarentenas domiciliares y no domiciliares serán obligatorias pero las personas serán conducidos a atender la misma sin perjuicio de la responsabilidad penal o administrativa a que hubiere lugar.

La duración máxima de la cuarentena o confinamiento sanitario forzoso no domiciliario no podrá durar más de 24 días, salvo que las autoridades de salud dispongan un plazo diferente, el cual deberá ser debidamente justificado.

En cuanto a las sanciones e infracciones establece que se constituirán infracciones leves las acciones de omisión de no explicar a la autoridad, los motivos de su estancia o circulación en la vía pública, salvo que por motivos de discapacidad no pudiere, salir de la cuarentena domiciliar por motivos distintos a los ya mencionados, permanecer en calles, esquinas, pasajes o sitios de tránsito público, barrios, colonias, comunidades, cantones, caseríos o ciudades sin ningún motivo.

Por otra parte, el transitar en la vía pública en estado de ebriedad -si condujere vehículo automotor, se le aplicarán las normas previstas a la ley de transporte-, dar falsa información sobre estancia o circulación en la vía pública a las autoridades, proporcionar una dirección falsa de su vivienda, e insultar o irrespetar a la autoridad, serán consideradas como infracciones graves.

En ese sentido, las infracciones leves serán sancionadas con multas entre un mínimo de $25 hasta un máximo de $150; y las infracciones graves tendrán un castigo económico mínimo de hasta $150.01 hasta un máximo de $300.

Tras esta aprobaación, el mandatario dijo que los diputados “Bajo la sombra de la madrugada, se unieron y aprobaron otra ley. Una que le quitaba todas las facultades a la anterior. De esa manera, deshacían con una mano en la madrugada, lo que habían hecho con la otra más temprano, mientras el pueblo observaba”.

Por lo tanto, anunció un nuevo veto.

“No calcularon algo: son 2 decretos DISTINTOS y AMBOS necesitarán la sanción (autorización) del Presidente de la República y su publicación en El Diario Oficial. Así que sancioné y envié a publicar solo uno y VETARÉ el otro” indicó.

De esta forma, Bukele dijo que el país mantiene el mismo marco jurídico de los días anteriores “Y el madrugón de ARENA, FMLN y Parker no valdrá más que para papel para reciclar” agregó.

Confirmó que la prórroga a la Ley de Emergencia ya fue sancionada y publicada en El Diario Oficial y que oficialmente empiezan a correr los 15 días de prórroga.