Al Magistrado Antonio Durán Ramírez, cámara tercera de lo penal de San Salvador

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AL MAGISTRADO JUAN ANTONIO DURAN CAMARA TERCERA DE LO PENAL DE SAN SALVADOR.

Yo, Enrique Rais, con el debido respeto y amparado en el artículo 18 de nuestra Constitucion, el cual en lo principal expresa: “Toda persona tiene derecho a dirigir sus peticiones por escrito de manera decorosa, a las autoridades legalmente establecidas...”  Siendo así, le presento públicamente el siguiente escrito:

Honorable Magistrado DURAN RAMIREZ, mediante su resolución del 27 de agosto 2019, asestó un golpe letal a la justicia y especialmente a mis derechos a la presunción de inocencia y a la libertad ambulatoria; con una decisión ilegal e injusta, totalmente impropia para esa investidura judicial, imponiéndome una orden de detención en un caso, del que ya la Honorable Sala de lo Constitucional se habia pronunciado en contra de las mismas pretensiones de Matteo Pasquale y su abogado Rene Medrano, cuando ellos intentaron infundadamente quitarse la declaratoria de rebeldia girada en el caso de Extorsion y Apropiacion Indebida de las acciones de la empresa de Barbados, TRADESAL INC.,  en el Juzgado 5 de Instrucción. Precisamente, Matteo Pasquale  a través de René Medrano presentó un amparo y dos Habeas Corpus y todos fueron declarados no ha lugar por improcedentes, en ellos claramente Matteo Pasquale manifestó que se trataba de una deuda y que el caso es 100 % mercantil.

Sin embargo de manera sorprendente su Señoría, hace caso omiso de esas tres resoluciones de la Sala de lo Constitucional, las cuales constan en el expediente que seguramente usted ni siquiera ha leido; y muy a pesar que tanto el Juez tercero de Paz al igual que el Honorable Juez Tercero de Instrucción, claramente pasaron el caso a instruccion sin ningun tipo de medida. Pero usted ordenó anular la audiencia inicial –supuestamente para resguardar mis derechos y garantías- y pidió que se realizara un Audiencia Especial limitada a revisar la procedencia de aplicar o no una medida cautelar, decisión sin ningun fundamento. En dicha reposicion de la audiencia, nuevamente el Juez tercero no encontró elementos para decretar orden de captura, y manifestó que no estaba seguro y claro si se trataba de un caso mercantil, pero lo pasó a instrucción, nuevamente sin orden de detención. Tal parece que  eso no fue lo que usted esperaba y por resolución, desconociendo todos los argumentos legales que presentó mi defensa, ordena que se me aplique orden de detención.

De todos es conocido que el ex fiscal Douglas Meléndez atendiendo indicaciones oscuras e ilegales ordenó fabricar pruebas falsas para incriminarme y tan claro es que ya 4 fiscales y dos elementos adminstrativos han declarado ante PDDH y la Señora Jueza 7 de Paz, revocando su criterio de oportunidad, con todo los peligros y riesgos que ello significa. Toda esta fabricación tiene un único propósito: quieren obtener un beneficio económico.

 Ante una persecución permanente, sistemática, infundada y arbitraria contra mi persona, mi familia y mi empresa, que inició el Ex Fiscal General Douglas Meléndez, su primo Wil Walter Ruiz y el Ex Jefe UIF Jorge Cortez, que ahora prosigue el Grupo Anti Impunidad -que en realidad pretende dejar impune la verdadera corrupción del Ex Fiscal General Meléndez y su círculo – la esperanza de toda víctima de abuso de poder, estriba en poder encontrar Jueces justos que hagan valer los derechos y garantías fundamentales en el proceso; sin embargo, a la vista de la flagrante mutilación del Estado de Derecho que el citado Magistrados del Tribunal de Apelación ha realizado, no me queda otro camino que exponer públicamente las atrocidades cometidas por éste, así:

  1. La Cámara 3a de lo Penal, anula la decisión de un Juez de Paz, que atendiendo a las garantías constitucionales determinó que el proceso penal continuara sin aplicación de ninguna medida cautelar -pues en el fondo, no veía más que un reclamo económico y no penal-; y al anular, ordena que se realizara una Audiencia Especial para “verificar” la procedencia o no de imposición de medidas cautelares.
  2. Lo hace además atendiendo a la falsedad dispuesta por la fiscal del caso, Giovvana Melina Jiménez, porque supuestamente yo he nombrado abogados desde el inicio de la investigación. Abogados a los que por cierto esta fiscal que fraguó el gran engaño para citarme a Fiscalía bajo una mentira, cuando en realidad estaba cumpliendo una orden de Wil Walter Ruiz, nunca les informó el estado de la investigación, ni les permitió participar de las diligencias que han provocado esta causa penal, para poder presentar pruebas de descargo.
  3. Durante la realización de la Audiencia Especial, el Juez de Instrucción, al advertir que en el trasfondo de la acusación fiscal, había una pretensión patrimonial y no penal, decidió únicamente imponer una medida cautelar de fianza. Sin embargo, la Cámara 3a de lo Penal, que le ordenó “verificar” la procedencia o no de medida cautelar, finalmente termina por revocar la decisión e imponer la detención provisional, que es el plan que se trazó desde un inicio, sin tomar en cuenta que los hechos planteados no eran de índole penal, sino meras conjeturas para conminarme a aceptar unas obligaciones por sumas millonarias, por deudas inexistentes.
  4. La Cámara 3a de lo Penal, ni siquiera advierte que la Fiscalía tergiversa -por desconocimiento o mal intencionadamente- las disposiciones legales y la razón, naturaleza y procedencia de los actos mercantiles en los que se supone se ha cometido la falsedad de la cual me acusan; tan grave es que ni siquiera evalúa el hecho que se trata de actos que están bajo control de distintas jurisdicciones internacionales y que ni siquiera ha enfocado sobre los alcances de cada una de esas jurisdicciones -Panamá, Barbados y El Salvador- 

Entonces, Magistrado Toni Durán, con mi derecho constitucional de ciudadano y de procesado, en el caso que usted ilegalmente me ha ordenado detención provisional, vengo y le pregunto:

  1. ¿Cómo es posible que no haya tomado en cuenta que la denuncia fue originalmente interpuesta el 30 de junio de 2016, por el abogado Diego Balmore Escobar, como apoderado del canadiense Matteo Pasquale, por un supuesto delito de falsedad material -que en realidad es un simple error de fecha que en nada afecta la legitimidad del document, puesto que se elaboro el document con fecha 3 de mayo 2013 y se firmo al dia siguiente , 4 de mayo de 2013, se aclaro el error -; pero finalmente es judicializado sin que la fiscal me haya permitido conocer los hechos de la imputación, por los delitos de Falsedad Ideológica y Fraude Procesal, que no estaban contenidos en la denuncia y en perjuicio de la Sociedad TRADESAL INC, y ya no por Matteo Pasquale ni Diego Escobar ?
  2. ¿Cómo puede considerar que hay elementos indiciarios de una supuesta deuda -de más de 5 millones de Dólares Americanos- si la supuesta víctima solamente presenta un informe que dice que fue elaborado como “apoyo en litigio con respecto a una disputa comercial” y que “no constituyen un auditoría, revisión, examen” (Pieza 15, del expediente judicial  70-19-1, Juzgado 3o de Instrucción); por el contrario nosotros hemos presentados tres auditorías que certifican el pago total de la deuda?
  3. ¿De qué manera, puede sostener usted, o acaso no ha revisado el expediente, que pueda existir si quiera una “deuda pendiente” de mi parte, contra los canadienses Matteo Pasquale y Franco Pacetti, o la Sociedad TRADESAL INC -que se han apropiado indebidamente- cuando la misma Fiscal Giovvana Jiménez, solicitó a los juzgados del 1o al 5o de lo Civil y Mercantil, si los antes mencionados habían presentado demandas por cobro de deudas y exigencia de pagos judiciales contra mi persona, siendo en todos los casos la respuesta negativa? ¿Cómo alguien a quien se le debe supuestamente $5 millones US, no intenta reclamarlos de inmediato? La respuesta es porque carecen de documentación de demostrarlo, por eso se valen del sistema penal, para pretender seguirme extorsionando. (Piezas 1 y 2 del expediente judicial 70-19-1, Juzgado 3o de Instrucción)
  4. ¿Por qué solo retoma lo que conviene a la supuesta víctima, sin tomar en cuenta que el testigo que ellos presentan, Mario Calderón, miente cuando no reconoce haber participado de la denuncia contra los canadienses Matteo Pasquale y Franco Pacetti, a pesar que a fecha 04 de abril de 2019, el actual Fiscal General Adjunto claramente expresa que “… a las once de la mañana de ese día, llego el licenciado MARIO CALDERON y el licenciado ERNESTO GUTIERREZ, que MARIO CALDERON le dijo que era el apoderado de ENRIQUE RAIS(…) por lo que comenzaron a explicar un caso complejo con rasgos mercantiles en el que describían una apropiación indebida y una posible extorsión…” También que la declaración del Fiscal Adjunto, reconoció las razones para solicitar una nueva Auditoría efectuada por los Peritos de la UIF, que terminó confirmado la veracidad de las Auditorias que nosotros realizamos? (Pieza 1, del expediente judicial 70-19-1, Juzgado 3o de Instrucción)
  5. Es tan facil comprobar la cancelacion total del prestamo si simplemente, usted Señor Magistrado, toma una calculadora y suma las transferencias realizadas de 252 mil Dólares mensuales por mas de 6 años y que son transferencias bancarias que contienen todo el soporte como declaración de divisas, procedencia legítima de los fondos, y órdenes de transferencia electrónica del banco. Así de fácil y eso justamente fue lo que realizaron los auditores Mario Bruce de Panamá, Castellanos de El Salvador, Crowe Horwarth AIA  -auditores de prestigio mundial- y finalmente la misma fiscalía, quien comprobó que efectivamente el préstamo se canceló.
  6. El contrato original de préstamo fue de 11 millones de Dólares y les cancelé, más de $18 millones US por su capital e intereses, ¿Cree usted Señor magistrado que con pruebas tan claras, es legal que usted me haya decretado orden de captura, con todo el estigma mediatico y reputacional que eso implica?

Por tanto, Señor Magistrado, he presentado revocatoria de tan desatinada y falta de fundamentación de su parte para que se corrija el grave error cometido y tenga la certeza que ejerceré todos los mecanismos que me franquea la ley a nivel nacional, como internacional para demostrar cómo se ha manipulado la ley, como se montó una persecución de Estado en mi contra, cómo se han coludido intereses políticos y empresariales para montar en medios de comunicación específicos una campaña para construir una condenada mediática en mi contra. Y no descansaré hasta demostrar las causas que lo motivaron. Le recuerdo, que ya he sido juzgado por estos mismos hechos en Suiza, en virtud de denuncia interpuesta por los mismos canadienses Matteo Pasquale y Franco Pacetti, y que el Ministerio Fiscal de la Confederación Suiza -el país más garantista y fiel cumplidor de la ley en el mundo- después de dos años de investigación, me declaró absuelto, y son exactamente los mismos hechos y tambien constan en el expediente bajo su digno cargo.

Usted tendrá en su mano, la facultad de ordenar y confirmar la orden de captura, como tambien la posibilidad de enmendar su error. Pero por mi parte, dure el tiempo que sea y tenga que recorrer el camino que sea siempre en el marco de la legalidad y la justicia, no descansare jamás, hasta demostrar mi total inocencia y demostrar la grave fabricación de pruebas en mi contra.

Enrique Rais