Autorizan que policías, soldados y custodios porten su arma en lugares con veda cuando gocen de licencia

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EL SALVADOR.- Con 79 votos, uno a mano alzada, los diputados de la Asamblea Legislativa aprueba un dictamen favorable para que agentes de la Policía Nacional Civil (PNC), soldados de la Fuerza Armada, custodios de centros penales así como miembros de la Academia de la Nacional de Seguridad Pública (ANSP) y CAM, porten sus armas en lugares de veda y durante licencias.

La Asamblea Legislativa avaló reformas a la Ley de Control y Regulación de Armas, Municiones, Explosivos y Artículos Similares con el objeto de permitirle a los agentes, soldados, custodios, así como al personal de seguridad privada y miembros de la Academia de la Nacional de Seguridad Pública, excepto alumnos, portar armas de equipo o personales en lugares donde hay veda, así como la gratuidad del trámite de licencia para portar armas de fuego por primera vez.

Las enmiendas aprobadas consisten en la adición de un inciso 4º al artículo 23, el cual establece que “los miembros de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), Policía Nacional Civil (PNC), miembros de la Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP), exeptuando sus alumnos, recibirán licencia de uso de arma de fuego al ser incorporados en el servicio activo dentro de la respectiva institución, sin incurrir en costo por su emisión por primera vez”.

Además, se modificaron los artículos 62 y 62-A para permitir a los miembros de entidades que realizan labores de seguridad: PNC, FAES, ANSP, miembros de los servicios de seguridad privada, estatal, municipal y autónomas debidamente autorizados, la portación de armas de fuego personales y de equipo en los lugares donde hay establecidas ordenanzas de veda o en lugares públicos donde está prohibido la portación de las mismas, cuando gocen de licencia.