Sala de lo Cnal. declara improcedente la demanda de inconstitucionalidad de la denuncia del TLC entre Taiwán y El Salvador

0
270

EL SALVADOR.- La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente la demanda de inconstitucionalidad de la denuncia del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre la República de China (Taiwán), la República de El Salvador y la República de Honduras.

“La razón se funda en que el objeto de control no es aplicación directa de la Constitución, es decir, las condiciones formales y materiales de su producción normativa no están reconocidas de forma inmediata en la Constitución” argumenta la Sala sobre la resolución.

De acuerdo con la Sala se trata de un asunto ajeno a ellos ya que aunque el Tratado de Libre Comercio con Taiwán haya sido ratificado por la Asamblea Legislativa, lo cierto es que el fundamento de la supuesta denuncia que se impugna deriva de la regulación contenida en el mismo Tratado Internacional y no de la Constitución.

Anteriormente la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia había admitido un amparo en contra de la cancelación del Tratado de Libre Comercio con Taiwán y procedió a suspender la cancelación de dicho acuerdo comercial.

La demanda de amparo fue interpuesta por Mario Salaverria, presidente de la Asociación Azucarera de El Salvador en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores por la denuncia y ulterior terminación por parte de El Salvador por vulneración de los derechos de propiedad y a la seguridad jurídica.


https://diariolibresv.com/nacionales/2019/03/13/sala-de-lo-cnal-admite-demanda-y-suspende-los-efectos-de-la-cancelacion-del-tlc-con-taiwan/