Así debe ser el trato en las empresas para las mujeres que se encuentran en situación de violencia

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EL SALVADOR.- La Ministra de Trabajo, Sandra Guevara, presentó este lunes cuatro lineamientos relacionados al tratamiento que las empresas deben dar a las mujeres trabajadoras, que se encuentren en situación de violencia, bajo la campaña Climas Laborales, Libres de Violencia para las Mujeres en los Lugares de Trabajo.

El Ministerio de Trabajo  ha apostado por un diseño e implementación de planes ordinarios y especiales la dirección general de inspecciones, con énfasis en las trabajadoras, y producto de ello se ha realizado 119,316 inspecciones, 9,367 multas, 66,128 infracciones, e imposición de multas a las empresas por violentar la legislación laboral, con un monto de: $ 9.092,222.94 siendo $3.526, 499.92 a favor de mujeres.

Entre los planes especiales, que presentó están:

  • Plan de brechas salariales
  • Plan de verificación de derechos laborales en maquilas
  • Plan de verificación de derechos laborales en lugares de trabajo puntos fronterizos (trabajo forzoso como una modalidad de trata contra personas).
  • Plan de verificación del derecho de lactancia materna.
  • Plan de verificación del asueto del día de la madre.
  • Plan de verificación de derechos laborales en la modalidad de trabajo a domicilio.
  • Plan de ampliación de la licencia de maternidad.
  • Trabajo como ningún otro derecho como cualquier otro.

En ese mismo sentido, el MT elaboró el Protocolo de atención y actuación en casos de denuncias por motivos de discriminación laboral y riesgo psicosocial; la guía de actuación en diligencias de inspección para la verificación de brechas salariales entre hombres y mujeres; la guía de atención a mujeres embarazadas y actuación en diligencias de inspección de trabajo y la guía de atención y actuación a personas trabajadoras que prestan servicios a empresas de comunicaciones.

Se cuenta además con el Acta integral de derechos laborales de mujeres para una vida libre de violencia en los lugares de trabajo.

Lineamientos para el cumplimiento del artículo 24 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, sobre las licencias y faltas de puntualidad al trabajo en casos de violencia contras las trabajadoras.

Con base al art. 24 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres –LEIV- el Ministerio de Trabajo y Previsión Social –MTPS- es el responsable de garantizar el otorgamiento de las licencias, justificación de llegadas tardías y las acciones que se puedan tomar, tales como, reubicación temporal o permanente y/o reorganización de horarios de mujeres en ciclos de violencia.

Asimismo, en casos de ausencia o incumplimiento de la jornada laboral debido a la imposibilidad física o psicológica de la trabajadora provocada por cualquier tipo de violencia; Para cumplir diligencias o tramites de carácter judicial o administrativo, especialmente en materia familiar y en los casos de violencia contra la mujer.

El proceso que las empresas adoptarán para el cumplimiento de los lineamientos presentados, serán:

  • Previamente la mujer trabajadora revele a su jefatura inmediata su situación de violencia, este caso debe ser atendido por el departamento de Recursos Humanos de la empresa, y tomar como justificadas las ausencias de la trabajadora (por asistir a procesos judiciales).
  • Una vez conocido el caso por la persona empleadora del ciclo de violencia en el que se encuentra la mujer trabajadora, si ésta lo solicita, y si las condiciones del lugar de trabajo lo permiten, se verificará la reubicación temporal o permanente, así como la reorganización de sus horarios.
  • El Departamento de Recursos Humanos, deberá de tomar como justificadas las ausencias y/o llegadas tardías, así como no proceder al descuento de éstas.
  • En el expediente administrativo de la mujer trabajadora debe constar dicha circunstancia, sin embargo, deberá dicha circunstancia catalogarse como confidencial, de conformidad con el artículo 57 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia.

Este esfuerzo de sensibilización será distribuido en empresas, abarcando los rubros de industria, comercio y servicio, textil y agro, además se extiende a instituciones del Estado, autónomas y municipales, para atender a víctimas de violencia laboral, acoso sexual y otros tipos de violencia contra las mujeres.