Sala Constitucional suspende entrada en vigencia a reformas a Ley de Extinción de Dominio

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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) suspendió la entrada en vigencia a las reformas a la Ley de Extinción de Dominio y de la Administración de los Bienes y de Destinación Ilícita (LEDAB), aprobadas por la Asamblea Legislativa y sancionadas por el Presidente de la República.

La Sala decreta medida cautelar de suspensión inmediata a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo número 734, publicada en el Diario Oficial número 137, porque considera que las reformas podrían vulnerar los artículos 1, 2, 3, 22, 103 inciso 1, 172, 193 ordinales 1° y 2° de la Constitución.

“Otra de las razones por las que se considera necesaria la suspensión de la entrada en vigencia de las reformas es porque, de no hacerlo, podrían generar un daño irreparable o de difícil reparación, debido a que al ser aplicadas en los casos concretos por las autoridades competentes -fiscalía y juez de extinción de dominio- podrían también producir situaciones jurídicas consolidadas contrarias a los intereses de la justicia en persecución del crimen organizado y la corrupción”, dice el documento.

El proceso de inconstitucionalidad fue promovido por Luis Mario Pérez Bennett.

“Partiendo de nuestra misma jurisprudencia, y en relación con el principio de economía procesal, se puede afirmar que este tribunal tiene competencia para ejercer el control de constitucionalidad de reformas legales que modifican o alteran el objeto de control en procesos constitucionales que, como el presente, están pendientes de emitir sentencia, siempre y cuando se advierta, a partir de las circunstancias concretas del caso, que existe el riesgo de un fraude a la Constitución”, argumenta la Sala.

La Sala establece que la aprobación de las reformas a la LEDAB podría anular el deber institucional de combatir la corrupción y permitirían la legitimación o protección de la adquisición de bienes por medios ilícitos o la destinación de los mismos a fines que no sean lícitos.

Lea toda la resolución aquí:

Inc. 146-2014. Medidas cautelares. Suspensión de reformas LEDAB_6EuJ