Conozca los puntos principales de la Ley de Emergencia y Reapertura de la Economía aprobada este sábado

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EL SALVADOR.- Con 56 votos a favor, el Pleno Legislativo emitió este sábado el decreto 648 que contiene la Ley especial transitoria de emergencia por la pandemia COVID-19, atención integral de la vida, la salud y reapertura de la económica.

Esta nueva normativa contempla un estado de emergencia nacional durante 15 días, además establece la posibilidad de extender el período de cuarentena de no aplanar la curva.

Otro de los factores importantes que también consigna las fases para reactivar la economía, por el cual se tuvo intensas jornadas de análisis por parte de funcionario de Gobierno y parlamentarios.

Asimismo, contempla las medidas de higienización, en aras de salvaguardar la vida de los trabajadores y otorga estabilidad laboral.

Los 45 artículos que establece dicha Ley en líneas generales son los siguientes:

• Reconoce a la cuarentena, el distanciamiento y las medidas de higiene son esenciales para la contención del virus.

• El período de la cuarentena establece el 8 de junio como la fecha para que el sector privado inicie su proceso de vuelta a la actividad económica y el 15 de junio para el sector público.

• Queda la salvedad que, en caso las expectativas de contención del virus no se alcancen, la cuarentena podría extenderse para todos –privados y públicos- hasta el 15 de junio.

• Enumera a todos los sectores que tienen permitido circular durante este período de cuarentena, que prácticamente son los que están vigentes en la actualidad, con la diferencia que no se establece salida por número de DUI.

• Las autoridades responsables deberán presentar en un plazo no mayor de diez días hábiles un Plan Nacional de Prevención, Contención y Respuesta a la Pandemia por Covid-19.

• En el marco de la atención se abre la posibilidad para la atención a pacientes positivos al virus en los hospitales privados, previa autorización extendida por la autoridad competente de que las instalaciones cumplen con las condiciones para dicho fin.

• Se autoriza también la importación y aplicación de pruebas a laboratorios privados, siempre que sean avalados por la Dirección nacional de medicamentos.

• Define en qué debe consistir el proceso de cuarentena para cada persona, dependiendo del nivel de afectación del virus, así sean asintomáticos, sospechosos, o de grave afectación.

• El gobierno, en coordinación con alcaldías deberán garantizar los procedimientos para garantizar la alimentación de las personas, especialmente aquellas en condiciones de vulnerabilidad.

• Se extiende el beneficio de diferir los pagos de servicios (agua, luz, telefonía, internet) hasta junio.

• Se establece el Estado de Emergencia por 15 días.
• En ese sentido, en el marco de esta ley, podrán hacerse contrataciones y compras directas, en lo relativo a medicamentos, productos farmacéuticos, insumos y dispositivos médicos, y demás productos relacionados con la prevención y el tratamiento clínico de la enfermedad. Estas compras se harán bajo los principios de la Ley de Acceso a la Información Pública, es decir la máxima publicidad, disponibilidad, prontitud, integridad, igualdad, sencillez, gratuidad y rendición de cuentas.

• La ley establece los elementos que deben estar considerados en cada informe que deben presentar los funcionarios.
• Se garantiza la estabilidad laboral y se establecen mecanismos para financiar un subsidio a aquellos compatriotas que han dejado de percibir ingresos por el cierre temporal de empresas.

• Define un proceso gradual de reanudación de la actividad económica, dividido en cuatro fases, comenzando el 8 de junio con el sector privado y el 15 con los empleados públicos.

• En cada una de las fases se establece qué rubros económicos pueden comenzar a desarrollar sus actividades.

• Define cuales son las condiciones sanitarias y de distanciamiento que deben prevalecer en todos y cada uno de los centros de trabajo.
• El Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología tendrá la potestad de decidir y normar la reanudación de las actividades académicas públicas y privadas.
• Los efectos de esta ley concluirían el 27 de septiembre de este año.

Lo importante es que el virus Covid-19 no desaparecerá a pesar de permanecer en nuestros hogares, debemos aprender a convivir con él y lo mejor es cumplir con las recomendaciones de quedarnos en casa, lavarnos constantemente las manos, mantener la distancia en las filas y en aquellos espacios que reúnen gran cantidad de personas, en definitiva asumir nuevos patrones de comportamiento.