¿Quiénes podrán circular y cuáles serán las empresas que podrán operar durante la cuarentena domiciliar? Entérate aquí

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EL SALVADOR.- El presidente de la República Nayib Bukele decretó cuarentena domiciliar completa a partir de la noche de este sábado 21 de marzo de 2020, durante los próximos 30 días; con lo cual las personas ya no podrán salir de casa a excepxión de casos concretos.

Los que podrán circular será en los siguientes casos:

  • Una persona por familia podrá circular para comprar comida e insumos necesarios para el hogar.
  • Transporte público
  • Periodistas de los Medios de Comunicación debidamente identificados
  • Restaurantes (Delivery)
  • Empleados públicos que presten servicio ante la emergencia, por ejemplo empleados del MOP, de aduanas, médicos, enfermeras, bomberos, cruz roja, etc.
  • Empleados de proyectos enérgicos
  • Telefonía y cable
  • Proyectos de agua potable
  • Las personas que cuidan a niños, enfermos y ancianos
  • Personas que trabajan en financieras
  • Supermercados y mercados
  • Empleados de farmacias
  • Empresas productos farmacéuticos.
  • Distribución de alimentos
  • Servicios de entrega a domicilio
  • Diputados
  • CSJ y Medicina Legal (solo los necesarios)
  • Vehículos de carga y distribución
  • Las que distribuyen productos de higiene.
  • Empresas de seguridad
  • Gasolineras
  • Servicios de Seguros
  • Vererinarias (una persona en caso de emergencia)
  • Hospitales públicos.

Las EMPRESAS que podrán seguir operando son:

  • Las empresas que presten los servicios de la industria textil y aquellas cuya industria tenga como fin la producción de bienes y servicios que se pueden usar en materia de salud o que sean necesarios para la subsistencia en emergencia.
  • Empresas de servicios de los denominados call center cuyo fin sea la venta y distribución de alimentos a domicilio, atención a líneas aéreas, servicios de electricidad, telecomunicaciones, servicios bancarios y financieros y servicios médicos.
  • Empresas de seguridad, gasolineras, transporte de pasajeros a la mitad de su capacidad operativa, transporte de servicios de taxi y aquellos servicios de transporte privado, transporte de carga de cualquier rubro, medios de comunicación.
  • Servicio de agua potable pública y privada, agricultura y ganadería, apicultura y pescadería, agroindustria y su cadena de distribución, servicios financieros, servicios de seguros, servicios farmacéuticos, laboratorios farmacéuticos.
  • Servicios de salud como: hospitales públicos y privados cualquiera, clínicas privadas, excepto las odontológicas, servicios de veterinarias solo en caso de emergencias y otros relacionados con la salud, así como la cadena de distribución de todos los rubros señalados.

Cabe destacar que estas empresas tienen que cumplir con estándares para sus empleados como: mascarillas, alcohol gel; sino serán sancionados, aseveró el mandatario.