Importantes medidas de protección que el Estado salvadoreño debe tomar para evitar la violencia contra la mujer salvadoreña

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La semana anterior se celebró el “Día de los enamorados” para otros “Día de San Valentín” fecha en la cual muchas parejas celebran su amor y promesas como “hasta que la muerte nos separe”. Los restaurantes, comercios y otros establecimientos incrementaron sus ventas como resultados de los regalos y celebraciones, el comercio aprovechó por medio corazones, rosas rojas, y otras promociones para salvar el mes; pero también en nuestro país existen “amores y relaciones  tóxicas” que son una verdadera pesadilla para las jóvenes y mujeres salvadoreñas, generando múltiples expresiones de violencia incluso llegar hasta el asesinato de mujeres, y aún en esta última etapa se trata de bajar volumen y llamarle inadecuadamente “crímenes pasionales”.

         La Ley de violencia intrafamiliar y la Ley especial integral para una vida libre de violencia contra la mujer conocida como LEIV, ya considera medidas de protección para la mujer que es víctima en el ámbito laboral y personal. Pero el Estado salvadoreño no pude tener un policía vigilando a los victimarios, y en nuestro país existen casos donde los victimarios han incumplido las disposiciones ocasionando la muerte de mujeres que eran sus esposas o compañeras de vida.

          El artículo siete de la convención Belén Do Para condena todas las formas de violencia contra la mujer y convienen los Estados  adoptar por todos los medios políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia, y a incluir en nuestra legislación interna normas penales, civiles y administrativas.

           Es  vital adoptar al mismo tiempo medidas jurídicas para que el agresor se abstenga de intimidar, hostigar, dañar, amenazar, o que se ponga en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad personal o perjudique su propiedad.

            En nuestro país la tobillera electrónica con dispositivo de geolocalización sirve para controlar y ubicar a privados de libertad o persona con medidas alternas a la detención provisional, pero sería importante y no perder más tiempo, para poder hacer las modificaciones a los cuerpos legales para asignar este dispositivo electrónico a los agresores de mujeres, y poder  tener supervisión virtual sobre él; en este tipo de tecnología se pueden construir lo que se denomina “geo cercas” “cercas virtuales” o similar, para que cumpla la disposición de un juez o jueza de no acercarse a la víctima que ya es medida de seguridad vigente, pero que en la práctica muchos no cumplen y lastimosamente ya se han registrado asesinatos, aún con imposición de medidas por un juez, y si lo hace existe un protocolo de actuación para que la PNC intervenga de inmediato por su monitoreo virtual que lo ubica en el lugar exacto.

            Para poder asegurar que el agresor no buscará a la victima fuera del entorno de sus vivienda, recomiendo la asignación de un dispositivo electrónico a la victima con GPS o una aplicación móvil, así como la implementación de un botón de pánico para la víctima que puede comunicar al centro de monitoreo por medio de chip de telefonía celular, vía internet, vía línea fija u otro accesorio capaz de transmitir con todo tipo de señal de las empresas de telefonía que operan en El Salvador. 

 Además se puede instalar una aplicación en su dispositivo móvil o asignarle uno si no cuenta con el, para que por medio del dispositivo sirva también de botón de pánico;  en otros casos se puede instalar  un sistema de alarma de intrusión básica que incluya botones de pánico con comunicación al centro de operaciones de monitoreo este servicio debe ser asumido por el Estado y estar disponible a nivel nacional.

            Otra recomendación inmediata es  una comunicación estrecha con la Policia Nacional Civil local y el cuerpo de agentes municipales de parte del juez o jueza para que conozcan del hombre que tiene medidas de protección por disposición judicial para supervisión y control de sus actividades como ingerir bebidas alcohólicas y otras sustancia.

            Durante los primeros 45 días del presente año se registra el asesinato cada día de una mujer; el Estado salvadoreño debe continuar con la labor de estrecha comunicación interinstitucional posicionando al centro a la víctima la mujer salvadoreña.